"Las subvenciones inflan un 75% el de
la concesionaria del bus de A Coruña"
la concesionaria del bus de A Coruña"
Competencia recomienda llevar a Bruselas las subvenciones a la Compañía de Tranvías, con beneficios muy por encima de la media, por posibles irregularidades
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ha recomendado trasladar a la Comisión Europea las ayudas percibidas por la concesionaria del bus urbano de A Coruña, la Compañía de Tranvías, con el objeto de evaluar su "adecuación al derecho de la UE" y, en caso de no ser así, "se proceda a la recuperación de las ayudas de Estado que pudieran haberse otorgado y fuesen incompatibles" con la regulación. Es más, dice Competencia, se deberá "suspender" cualquier pago a la empresa hasta que Bruselas se pronuncie.Avala así la tesis del Concello da Coruña, que considera que se produjo una "sobrecompensación" en las subvenciones otorgadas para la explotación del servicio y que trasladó al supervisor sus dudas sobre el régimen de tarifas del transporte en la ciudad.
- 15 millones en dividendos
Los buenos resultados permitieron a la empresa de la familia Prada Muradás repartir 4,8 millones en dividendos a los socios. La remuneración a los accionistas asciende a 15 millones a cuenta de los ejercicios comprendidos entre 2010 y 2016.
La Compañía de Tranvías repartió 15 millones en dividendos a los socios a cuenta de los beneficios obtenidos entre 2010 y 2016
- Una concesión sin riesgo
Ningún gobierno municipal adaptó el acuerdo al reglamento europeo 1370/2007, lo que para Competencia tiene como resultado que la Compañía de Tranvías explote la concesión con unos beneficios blindados y, "aparentemente", situados por encima de los "razonables".
El régimen actual, dice el supervisor, se caracteriza por "atribuir un margen comercial al concesionario que anula el riesgo operacional de su gestión y fortalece su posición competitiva". Por este motivo recomienda elevar la cuestión de las ayudas a la Unión Europea en caso de continuar operando de la misma manera o bien adaptar ya el régimen económico aplicado a la concesionaria al reglamento comunitario del año 2007.
- Beneficios por encima de lo "razonable"
Marea Atlántica pretende conseguir:
>> ...la gratuidad para los menores de 13 años
>> ...la gratuidad de los transbordos,
>> ...bajar la tarifa general de 1,30 euros a 1,10 euros (lo que equivale a deshacer el incremento experimentado desde 2010).
Esta es hoy una opción más probable que la de convocar un nuevo concurso.
La documentación remitida por el Consistorio a Competencia, y en la que se basa la resolución del regulador, pone de manifiesto que las ganancias de la empresa están hasta un 75% por encima del "beneficio razonable" congruente con la normativa comunitaria.
Xulio Ferreiro apuesta por bajar el precio del billete y por la gratuidad del transbordo, antes que por un nuevo concurso
- 4 millones de más
El documento revisa doce licitaciones de servicios similares realizadas recientemente para extraer una remuneración de mercado congruente con las exigencias del reglamento comunitario. Es decir, hace una estimación de cuál sería la horquilla de beneficios de una adjudicación competitiva, y no a dedo, como la que Francisco Vázquez dio a Compañía de Tranvías.
Los métodos de cálculo utilizados por los investigadores dan como resultado que, el beneficio obtenido por la concesionaria en 2016, 5,9 millones, está un 75% por encima del "beneficio razonable de mercado"
"Supone un exceso sobre el beneficio razonable calculado según este criterio de 4.826.149 euros"
- La lógica de las compensaciones
Realiza otras dos estimaciones tomando como referencia otros parámetros. El primero refleja un exceso de ganancias de 4,5 millones, en base a los costes del servicio; y el tercero un exceso de 3,75 millones, en base al retorno de inversión (ROE). Y he aquí la contradicción, pues la concesionaria obtiene beneficios muy por encima de la media actual del mercado sin que por ello baje el precio del billete.
Apunta el Concello en la documentación aportada que el régimen actual solo tiene en cuenta la compensación a la cifra de negocio, algo similar a lo que ocurre con los convenios de la AP-9. En cambio, no se computan las líneas o servicios que son rentables.
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