10 de septiembre de 2025

Rollo: "Un juzgado de A Coruña rechaza que las bonificaciones del bus se apliquen sobre tarifas más elevadas"

Esta mañana escuchábamos en la radio, en relación con líos legales y políticos, el verbo "enfangar". Y nos ha "resonado" en lo que respecta a las desventuras legales en las que viven envueltas la Compañía de Tranvías y el Concello da Coruña continuamente

Unos y otros parecería que "ENFANGAN" la evolución del transporte urbano de esta ciudad. No señalamos culpables, ojo. Pero sí víctimas: los ciudadanos y usuarios del bus urbano.

"Unidos a la fuerza"

Otro capítulo legal es el que recuperamos de La Voz, que ha tenido el detalle de dejarse leer después de algún vericueto. El titular es que "un juzgado de A Coruña rechaza que las bonificaciones del bus se apliquen sobre tarifas más elevadas". Desarrollamos la explicación a partir de este artículo de David García.


La justicia ha vuelto a hablar

Resulta que Tranvías presentó un recurso por el cual solicitaba que la bonificación del 50% del precio del autobús urbano aplicada en el 2024 se realizase en relación a una tarifa general más alta que la vigente en aquel momento: 1,30 euros (la tarifa en efectivo que se mantiene actualmente). El caso es que el Juzgado del Contencioso-Administrativo número 4 de A Coruña desestimó este recurso (si bien todavía cabe posibilidad de apelación). 

Efectivamente, Tranvías reclamó que la reducción del precio del billete para los usuarios de la Tarjeta Millennium se aplicase sobre las solicitudes de revisión de la tarifa general, que si por ellos fuese, habría sido de 1,51 euros para el año 2023 y de 1,58 euros para 2024.

La jueza también asegura que el Ayuntamiento ha paralizado Injustificadamente expedientes de revisión, incumpliendo acuerdos previos, además del informe del jefe de movilidad del 2023 en el que indica que procedería subir la tarifa a 1,39 euros.

Sin embargo, el juzgado desestima el recurso señalando que "la parte actora -Tranvías- no ha ejercitado la acción correspondiente para que la Administración cumpliera con la obligación de revisar las tarifas si así correspondiese y establecer la tarifa en la cantidad que solicitó la parte o en la que procediese".

Además, añade que nada impide a la compañía "instar al Ayuntamiento por la vía contencioso-administrativa a que cumpla con la obligación legal de revisión de precios", conforme al convenio establecido entre las partes.

A esto añade que "no sería procedente establecer en el acuerdo impugnado una nueva tarifa actualizada" sin una aprobación por parte del Ayuntamiento.



Un proceso paralelo

La Compañía de Tranvías señalaba como "indeterminada" la cuantía que debería percibir y el gobierno local alegó que esta pretensión de obtener una compensación "es inadmisible por litispendencia, dado que ya se tramita en otro procedimiento la reclamación por los mismos conceptos, para evitar así la duplicidad de pretensiones» (ese viene a ser el significado de "litispendencia").

Mientras, sobre el acuerdo impugnado por la entidad, señaló que «по causa gravamen a la recurrente sino que beneficia a los usuarios con una sustancial rebaja tarifaria, incentivando el uso del transporte público y aumentando el número de viajeros, "lo que también favorece a la concesionaria". (...)

El juzgado destaca que la resolución municipal impugnada "se dicto con celeridad para cumplir el plazo legal tras la publicación del decreto ley" que permitía mantener la ayuda estatal al transporte público 
"Por tanto, la medida es válida y no puede ser anulada por motivos relacionados con la revisión tarifaria, que es un procedimiento independiente", además de indicar que "no se puede determinar una indemnización al desconocerse la tarifa realmente aplicable".



Una larga lista de desencuentros judiciales con el nuevo contrato pendiente de licitar

La relación entre el Ayuntamiento y la Compañía de Tranvías está marcada desde hace años por desencuentros que en muchos casos acabaron resolviéndose en los tribunales.

En esta sentencia sobre la tarifa a la que se aplican las bonificaciones a los viajes ya se menciona que hay otro procedimiento en marcha para dirimir si se debe compensar económicamente a la empresa por la misma cuestión.

Mientras, el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia revocó una sentencia sobre la naturaleza jurídica de los pagos en concepto de bonobús que financia el Ayuntamiento, lo que implicó una rebaja en los intereses de demora en el pago de las obligaciones. Además, el alto tribunal había anulado un par de meses antes la partida presupuestaria del Concello en el 2024 destinada a esta subvención por incurrir en "insuficiencia manifiesta" por cubrir los gastos necesarios. Sin embargo, el fallo llegó después de que el Ayuntamiento ya hubiese abonado todas las cantidades correspondientes.

Uno de los fallos más destacados fue el motivado por lo que el juzgado considero una «bajada unilateral" de la tarifa del autobús urbano entre el 2019 y el 2022, cambio realizado por la Marea meses antes de las elecciones municipales, y que propició una reclamación de Tranvías de 15.3 millones de euros.

Estos y otros procesos judiciales se producen cuando el convenio entre ambas partes caducó en diciembre del 2024 y mientras el Ayuntamiento prepara los pliegos del nuevo contrato, que espera licitar en el 2026. 


A ver...


Fuente:
lavozdegalicia.es, 06-09-2025, David García
Imágenes:
Blog Busurbano

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Aquí tienes tu espacio para comentarios busurbanos...: