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17 de noviembre de 2018

Dos precedentes inclinan la balanza a favor de Tranvías: Mantendría la concesión hasta 2024.

Ya se sabe algo más sobre el tema de la concesión de Tranvías, y lo leemos en La Opinión

La intención del Gobierno local de dar por caducada la concesión de la Compañía de Tranvías, que inicialmente debe terminar en 2024, queda seriamente afectada por el dictamen del abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre dos casos similares, referidos a empresas de transportes de las regiones de Toscana y París, cuyas concesiones considera que podrían terminar en 2039 si sus contratos se lo permitieran.
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Conozcamos un poco sobre el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE)
  • Cuál es su función?
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) interpreta la legislación de la UE para garantizar que se aplique de la misma manera en todos los países miembros y resuelve los litigios entre los gobiernos nacionales y las instituciones europeas.

En determinadas circunstancias, también pueden acudir al Tribunal los particulares, empresas y organizaciones que crean vulnerados sus derechos por una institución de la UE.
  • ¿De cuántos miembros se compone?
Tribunal de Justicia: un juez de cada país miembro y 11 abogados generales
Tribunal General: 47 jueces. En 2019 pasarán a ser 56 (2 jueces por cada país de la UE).

  • Tribunal General:

Resuelve los recursos de anulación que interponen los particulares, las empresas y, en algunos casos, los gobiernos nacionales. Esto significa que, en la práctica, el tribunal se ocupa sobre todo de la legislación sobre competencia, ayudas estatales, comercio, agricultura y marcas comerciales.
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El letrado, cuya misión es proporcionar al tribunal su opinión jurídica sobre los asuntos que juzga pero sin que sea vinculante, estima que el reglamento de la UE que fija que las concesiones otorgadas sin concurso público -como es el caso de la Compañía de Tranvías- deben considerarse caducadas al cabo de treinta años tiene que aplicarse con este efecto solo desde el 3 de diciembre de 2009.

Según el abogado, el periodo de treinta años debe contabilizarse a partir de esa fecha, por lo que Tranvías podría continuar prestando el servicio municipal de transporte hasta 2024, año en el que termina su concesión.

El Gobierno local interpretó en 2016 que el contrato había caducado al haber transcurrido ya los treinta años establecidos desde su firma en 1986, por lo que el 30 de noviembre decretó la continuidad de la concesión durante dos años mientras se consultaba este asunto a la Comisión Europea.



Este acuerdo fue impugnado por Tranvías en agosto de 2017 ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 2 de A Coruña, que propuso a ambas partes solicitar al Tribunal de Justicia de la Unión Europea una interpretación jurídica sobre cuándo debía empezar a contabilizarse el periodo de treinta años.

El hecho de que aún no haya una resolución por parte del juzgado y la proximidad del final de la prórroga de dos años de la concesión a Tranvías, que terminará el día 30, hacen que la Junta de Gobierno Local apruebe hoy la continuidad del contrato "hasta que haya un pronunciamiento del Tribunal de Justicia de la Unión Europea".

En declaraciones a LA OPINIÓN DE A CORUÑA, el concejal de Mobilidade Sostible, Daniel Díaz Grandío, manifestó que la licitación del próximo contrato del transporte público no se pondría en marcha hasta que hubiese una resolución judicial sobre el final de la concesión, con el fin de contar con la necesaria seguridad jurídica. El equipo de la concejalía tiene sin embargo avanzado el pliego de condiciones del concurso mediante el que se licitaría el contrato, aunque el pronunciamiento del abogado general del tribunal europeo pone ahora en cuestión que pueda abrirse ese proceso.


El dictamen del letrado general defiende que la fecha del 3 de diciembre de 2009 -en la que entró en vigor el reglamento europeo- sea la que marque el inicio del periodo de treinta años para determinar el final de una concesión porque el empleo de la del contrato firmado con la empresa "no permitiría aplicar una solución uniforme a todos los contratos" y "daría lugar a dificultades de aplicación para las autoridades competentes e inseguridad jurídica para los operadores activos en el sector del transporte".

También señala el abogado general del tribunal que el reglamento se refiere a los contratos suscritos antes del 3 de diciembre de 2009, por lo que estima...

"...razonable considerar que esta fecha represente asimismo el punto de partida de treinta años" 

De acuerdo con esta interpretación, propone al Tribunal de Justicia de la Unión Europea que el periodo durante el que deben permanecer vigentes las concesiones afectadas por el reglamento concluya el 3 de diciembre de 2039.

Tanto el Consejo de Estado de Italia como el Gobierno francés también coinciden en las consultas que efectuaron al tribunal europeo sobre las concesiones del transporte público en Toscana y París que los treinta años de duración máxima de estos contratos deben computarse a partir de 2009.

A la vista del informe del abogado general, la Compañía de Tranvías advierte al Gobierno local mediante un escrito enviado por su director, Juan Ignacio Prada, de que su interpretación sobre que la concesión del transporte público en A Coruña está ya caducada,"cada vez es más difícil de sostener", a lo que añade ya lo era hace dos años cuando adoptó esa resolución "como de forma reiterada se puso de manifiesto" por la compañía.

Tranvías siempre defendió la vigencia de su concesión hasta 2024 y su intención de defender esta postura en los tribunales. La empresa se hizo con el contrato en 1986 mediante un acuerdo con el Gobierno local presidido por Francisco Vázquez sin que se llevara a cabo un concurso en el que pudieran participar otras compañías del sector, a lo que se añadió una duración de cuarenta años.

A la decisión de declarar caducada la concesión, el Gobierno municipal añadió el 27 de septiembre la de aplicar una rebaja de diez céntimos en la tarifa general y en el bonobús, la gratuidad en todos los transbordos que efectúen los viajeros y la misma medida para los menores de 13 años.

No obstante, la decisión debe ser ratificada todavía por el órgano de precios de la Xunta de Galicia y, en caso de aprobarse, podría acabar también en una denuncia de la empresa ante el Contencioso, toda vez que entiende que se trata de una modificación unilateral de las condiciones del contrato de concesión vigente


Fuentes;
La Opinión de A Coruna, 16-11-2018, José Manuel Gutiérrez
La Voz de Galicia, 16-11-2018, César Quián
Imágenes:
Blog Busurbano
Instagram Busurbano

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